Guía para la nueva normativa de comercio electrónico
El 13 de junio de 2014 entró en vigor en España la nueva normativa de comercio electrónico y venta a distancia. Adaptarse a ella es obligatorio y lo que pretende es aumentar la protección de los consumidores y unificar la legislación sobre venta a distancia en Europa.
Algunos de los aspectos a los que afecta, entre otros son:
Más información previa a la compra: La información que se facilita a los usuarios previa a los contratos de venta a distancia y fuera del establecimiento, creando además la nueva definición de contrato a distancia y establecimiento comercial.
Plazo de desistimiento: En toda la UE se establece un plazo de desistimiento de 14 días naturales, y no informar de él, lo amplía automáticamente a 12 meses. Se introduce además un nuevo modelo informativo que puede ser online y se crea un formulario de devolución que se debe facilitar junto a la información previa.
Pagos adicionales: Cualquier pago adicional debe ser informado y aceptado previa y expresamente, quedando prohibidas las casillas marcadas por defecto y métodos similares para obtener dicha aceptación.
Costes de envío: En caso de devolución, en los envíos ordinarios, se deben devolver también los costes abonados por este concepto al cliente, no obstante, el cliente debe seguir corriendo con los costes derivados de la devolución.
Botón de pedido: Es obligatorio informar al consumidor que el pedido comporta una obligación de pago, y la normativa hace referencia ala expresión «pedido con obligación de pago» u otra análoga y no ambigua, de lo contrario, el consumidor quedará exento de las obligaciones del contrato o pedido. Por tanto, el botón de pedido deberá llevar una expresión que indique claramente la obligación de pago.
En las llamadas telefónicas: Es obligatorio que la empresa se identifique claramente desde el inicio de la conversación y su objetivo comercial.
Se puede consultar el texto en el Boletín Oficial del Estado AQUÍ.
Para poder adaptar los comercios electrónicos a esta nueva ley, la asociación adigital ha editado una guía que puedes ver AQUÍ.